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Obtención de recursos

La obtención de recursos es una necesidad no sólo cuando se empieza la actividad, sino que suele ser una necesidad continua. Así­, debemos distinguir entre la financiación por deuda, en la que el empresario se compromete a devolver la cantidad adeudada más los intereses estipulados, y la financiación por recursos propios, en la que se reciben aportaciones de fondos por la cesión de una parte del accionariado de la compañía, con la posible pérdida de control que ello puede suponer. Además, no debemos olvidarnos de las Ayudas Públicas.


FINANCIACIÓN POR DEUDA

La Banca Comercial.- La Banca comercial ha desarrollado en los Últimos años un buen número de productos financieros destinados a la financiación de proyectos de inversión de las PYMES: créditos, préstamos, líneas de crédito y descuento comercial. Para proyectos empresariales de mayor volumen, la banca comercial cuenta con otra serie de recursos destinados a facilitar el acceso al mercado de capitales: pagarés, obligaciones, salidas a Bolsa, socios inversores, etc. En este sentido debe resaltarse que una gran parte de la banca comercial viene suscribiendo con las distintas Administraciones una serie de Convenios de Colaboración con el fin de establecer líneas de crédito blando a las inversiones empresariales.

La Banca Pública.- En Argentina, la Administración, ha puesto en marcha una serie de medidas de apoyo financiero a las Pymes consistentes, fundamentalmente, en la instrumentación de líneas de préstamo preferente y subsidiación de tipos de interés para acometer inversiones productivas.

Las entidades de financiación (E.F.C.).- Suelen operar como Entidades de Crédito, aunque se suelen utilizar para financiar el consumo (p.e. Servicios Financieros Carrefour E.F.C., Financiera El Corte Inglés, E.F.C., etc.). Aunque sus tipos suelen ser superiores a los de los bancos, tienen como ventaja la negociación individualizada para cada supuesto planteado, así como menores requisitos, garantías y tiempo de concesión.

El Leasing.- Es aquel contrato de arrendamiento financiero que permite disponer de un bien mueble o inmueble mediante su alquiler, con una opción de compra al finalizar el período fijado. Resulta muy atractivo por su favorable tratamiento fiscal y por ser de más fácil concesión, pero tiene un mayor coste financiero.

El Renting.- A diferencia del anterior, se trata de una figura no regulada por ley y que no contempla a priori la opción de compra al final del periodo contratado. También tiene un favorable trato fiscal, y así un autónomo podrá deducir en su declaración de IRPF hasta el 100% de las cuotas de renting, siempre que el objeto se utilice para su actividad empresarial.

El Factoring.- Es un sistema poco usado y restringido generalmente a grandes empresas. Se trata de una fórmula de financiación y administración, basada en la cesión de facturas: la empresa cede el crédito comercial de sus clientes a una Compañía de Factoring, que se encarga de gestionar su cobro a cambio de una contraprestación consistente en una comisión por los servicios administrativos y unos intereses por la financiación (anticipo del vencimiento de pago de las facturas de sus clientes).

El Confirming.- Es un servicio que consiste en gestionar los pagos de una empresa cliente a sus proveedores, ofreciendo a éstos la posibilidad de cobrar sus facturas con anterioridad a la fecha de vencimiento (financiar). Por lo tanto, es un servicio de gestión de pagos y no un servicio de gestión de deudas.

El fortaiting.- Es una figura que supone la compra de letras de cambio aceptadas, créditos documentarios o cualquier otra forma de promesa de pago, instrumentadas en divisas, contra las cuales se ha abierto una carta de crédito. A diferencia del confirming, se utiliza a medio plazo (de uno a siete años).

Las Sociedades de Garantía Recíproca.- Se trata de entidades sin Ánimo de lucro que no son una fuente de financiación directa, sino que facilitan la obtención de fondos de las entidades financieras al prestar el aval necesario. Sus funciones fundamentales son:
  • Conceder avales que permiten a las Pymes acceder a la financiación bancaria.
  • Facilitar el acceso de las empresas avaladas a líneas de financiación privilegiada.
  • Poner en marcha servicios de información y asesoramiento a empresarios.

La emisión de deuda mediante títulos.- Se realiza mediante bonos u obligaciones y pagarés. Pueden utilizarlo las Pymes pero sus enormes costes y la dificultad de encontrar suscriptores lo hacen enormemente dificultoso.


FINANCIACIÓN POR RECURSOS PROPIOS

Es aquel capital que está invertido permanentemente en la empresa.

Los inversores o socios.- Nuestros socios reciben una remuneración en nuestra sociedad que puede consistir en ingresos por reparto de beneficios, plusvalías materializadas mediante la venta de sus acciones o participaciones a otros socios, o las plusvalías de la venta de la empresa. Los inversores o socios constituyen la fuente de financiación más importante para poner en marcha una empresa.

El capital riesgo.- Se trata de una inversión, con carácter temporal en el capital de Pymes, con el fin de garantizar la sucesión empresarial.

La salida a Bolsa.- Se trata de una medida adoptada generalmente por grandes empresas. La admisión a cotización puede suponer una importante vía de obtención de recursos para la empresa, si se opta por una ampliación de capital con desembolso, o puede suponer un medio ideal para desinvertir y facilitar liquidez a los antiguos accionistas de la empresa, si se opta por una oferta pública de venta.


LAS AYUDAS PÚBLICAS

Las ayudas de los organismos públicos son muy variadas:
  • Ayudas directas a la contratación de trabajadores.
  • Bonificaciones de las cuotas a la Seguridad Social.
  • Incentivos fiscales.
  • Ayudas financieras.
  • Asesoramiento empresarial.
  • Ayudas a la inversión.
  • Ayudas al fomento de la innovación.
  • Ayudas para mejora de la competitividad.
  • Ayudas a la Investigación y Desarrollo (I+D).
  • Otras.

No obstante, es importante ser realista en este asunto y tener en cuenta estos aspectos:
  • La subvención es un incentivo económico  y, en ningún caso, puede considerarse como una fuente básica de financiación. En caso de concederse, en pocas ocasiones financia el 100% del proyecto, por lo que gran parte de la financiación recaerá directamente sobre la persona que la solicita.
  • Es posible que tenga que realizar la inversión y solicitar con posterioridad la ayuda, por lo que debe valorar el riesgo de su no concesión.
  • Es habitual que entre la solicitud, el estudio, la concesión y el ingreso definitivo del dinero pase un largo período de tiempo.
  • Debe estudiar detenidamente las bases y los requisitos de la ayuda. En ocasiones se exigen tanto en el momento de la solicitud como con posterioridad. Su incumplimiento puede conllevar la devolución de lo cobrado.

En definitiva, no es recomendable condicionar el éxito de una aventura empresarial a la obtención de una subvención o ayuda.

A este respecto conviene informarse en todas las administraciones antes y después de montar nuestra empresa, tanto estatales, locales o autonómicas. Todas las características de nuestra empresa influirán para la obtención de las ayudas (tipo de forma jurídica, edad y sexo de los socios, contratos formalizados, actividad a realizar, etc.).


Programa de créditos para emprendedores

Existen líneas de préstamos específicamente destinadas a financiar el desarrollo de proyectos promovidos.

Estos créditos están sujetos a la aprobación técnica y comercial de la entidad bancaria.

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